
JUICIO SUCESORIO
Es un procedimiento que permite determinar y declarar quiénes serán los herederos de los bienes del difunto, en los casos en los que no exista testamento o habiéndolo sea impugnado por alguno de los interesados.
Tipos de Juicios Sucesorios:
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Testamentarios. En el procedimiento de legalización del testamento, durante el cual un tribunal supervisa la identificación de la propiedad de la persona fallecida, el pago de las deudas, se efectúa la identificación los herederos, y la distribución de la propiedad entre ellos.
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Intestamentarios. Proceso legal a través del cual los familiares o personas que consideren tener derecho a heredar los bienes que dejo el difunto intestado, acuden ante un juez para que pueda proceder a la apertura de la sucesión legitima y de esta manera puedan designarse herederos y se repartan los bienes del difunto como lo establece la ley.
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¿Quién puede iniciar un juicio sucesorio?
Una persona que se considere heredero, para lo cual la ley exige acredite estar entre aquellas personas que deben ser consideradas herederas.
¿Cómo se integra un juicio sucesorio?
En todo juicio sucesorio se forman cuatro secciones, las cuales deben iniciarse simultáneamente cuando no hay impedimento alguno.
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Sucesión
Contendrá en sus respectivos casos: El testamento o testimonio de protocolización, o la denuncia del intestado.
Las citaciones a los herederos y convocación a los que se crean con derecho a la herencia.
Lo relativo al nombramiento y remoción de albacea e interventores, y al reconocimiento de derechos hereditarios.
Los incidentes que se promueven sobre el nombramiento o remoción de tutores.
Las resoluciones que se pronuncien sobre la validez del testamento, la capacidad legal para heredar y preferencia de derechos.
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Inventarios
El inventario provisional del interventor.
El inventario y avalúo que forme el albacea.
Los incidentes que se promuevan.
La resolución sobre el inventario y avalúo.
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Administración.
Todo lo relativo a la administración.
Las cuentas, su glosa y calificación.
La comprobación de haberse cubierto el impuesto fiscal.
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Partición
El proyecto de distribución provisional de los productos de los bienes hereditarios.
El proyecto de partición de los bienes.
Los incidentes que se promuevan respecto a los proyectos a que se refieren las fracciones anteriores.
Los arreglos relativos.
Las resoluciones sobre los proyectos mencionados.
Lo relativo a la aplicación de los bienes.