
¿POR QUÉ ES IMPORTANTE REALIZAR UN CONTRATO DE COMPRAVENTA ANTE NOTARIO PÚBLICO?
Aunque es válido un contrato de compraventa sin notario, lo ideal es que intervenga un Notario Público en dicho trámite.
El formalizar el contrato ante el Notario independientemente de que la ley te requiera hacerlo o no, otorga varios beneficios.
El Notario da fe de los derechos y obligaciones acordados por cada una de las partes dentro del contrato a través de la escritura pública. Dando seguridad preventiva a las partes, para en caso de existir a futuro algún incumplimiento, tengan un documento base sobre cual realizar su acción. Además de que queda inscrito en el Registro Público de la Propiedad y surte efectos hacia terceros.
En el contrato de compraventa de bien inmueble, la nueva titularidad podrá ser inscrita en el Registro Público de la Propiedad si es ante Notario. Por lo que el nuevo propietario queda protegido por la publicidad registral frente a terceros. Por ejemplo, al cambiar la titularidad del bien inmueble éste no podrá ser embargado por las deudas del antiguo propietario. Hay que tener en cuenta que inscribir los derechos en el registro de la propiedad es voluntario.
Por ello lo habitual y aconsejable es que la compraventa de un inmueble se realice ante Notario y quede formalizada en escritura pública. Muchas personas omiten la formalización de su contrato de compraventa de bien inmueble en escritura pública debido a que el costo es más elevado comparado a un contrato privado. Ya que genera determinados gastos como: pago de derechos de Registro Público, Impuestos y honorarios notariales, etc. El comprador debe considerar que acudir ante Notario Público es la mejor forma de proteger su inversión, minimizar riesgos, y gozar de certeza jurídica.
Todos los beneficios que otorga realizar el contrato de compraventa ante Notario en escritura pública, superan el costo de los problemas que pueden surgir en caso de no documentar el acuerdo de voluntades ante Notario. Así que si vas a realizar una compraventa la recomendación es que quede asentado dicho contrato ante Notario en escritura pública.
